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Controles en la Via Pública


La ley 13927 y el Cláusula 23º del Contrato de Concesión, establece que Los concesionarios del servicio de VTV tienen la obligacion de realizar inspecciones en calles y caminos de la Provincia de Buenos Aires, asistidos por la autoridad competente, con el objeto de controlar y sancionar a los vehiculos que no posean la VTV vigente, o a los que teniendola, no conservaran el mismo nivel tecnico que mostraba el vehiculo en el momento de realizarse la VTV con resultado positivo.

¿ Quienes realizan los controles ?

Solo pueden constatar y labrar actas de infracciones la Policía y los funcionarios designados expresamente para este fin por la Dirección Provincial de Vialidad, la Dirección Provincial de Transporte y los Municipios. Los inspectores de VTV pueden constatar y labrar actas de notificación autorizadas por la DTP. En esta ACTA DE NOTIFICACION, se le otorga un plazo al conductor del vehiculo para que concurra a realizarle la VTV.

Cuando se detecte documentacion apócriga, la autoridad de control deberá retenerla e informar a la autoridad de juzgamiento (Art.140 del Código de Transito)

 

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